
Bruselas. El sector pesquero representado por Europêche recuerda que el mandato otorgado por la ONU a los negociadores de BBNJ (Biodiversidad más allá de la jurisdicción nacional) es claro: este proceso y su resultado «no deben socavar» los instrumentos y marcos legales relevantes existentes y los organismos globales, regionales y sectoriales relevantes . Por lo tanto, el proceso BBNJ tiene prohibido modificar el régimen existente sobre la pesca en alta mar establecido por la Ley del Mar (UNCLOS), [1] que es sólida y coherente. Sin embargo, las negociaciones de la BBNJ se han convertido en un gran riesgo para el actual sistema de gobernanza pesquera por las razones que se explican a continuación.
Una de las principales controversias es en gran medida una cuestión de interpretación. Para algunos, “no socavar” significa el pleno respeto de las competencias, mientras que para otros permite tomar acciones más allá de las decisiones adoptadas por los instrumentos legales, marcos y organismos relevantes como las Organizaciones Regionales de Ordenación Pesquera (OROP) y tomar el control de los recursos marinos en el mismo, cuando las Partes BBNJ y los expertos lo consideren necesario. Tal ambigüedad solo puede aclararse con el lenguaje explícito que se merece para evitar malas interpretaciones o, lo que es peor, la creación de una autoridad jerárquicamente superior sobre esas herramientas de gestión pesquera y organismos relevantes.
Según Europêche, el conocimiento y la experiencia pesquera se han dejado de lado desde el comienzo de las negociaciones. Esto ha llevado a la percepción sesgada de que se requiere una intervención fuerte y urgente en la pesca mediante el establecimiento de un nuevo régimen integral de una red mundial de AMP en alta mar, así como la implementación de directrices de evaluación de impacto ambiental que podrían aplicarse. en los barcos de pesca. Por el contrario, la pesca en alta mar está estrictamente regulada a través de una amplia gama de instrumentos y organismos relevantes, incluso a través de numerosas OROP, el Acuerdo de las Naciones Unidas sobre Poblaciones de Peces y el Acuerdo de Medidas del Estado rector del puerto de la FAO.
La Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) trató de llenar esta falta de experiencia dentro de las negociaciones de BBNJ a través de un paquete de información [2]. Si bien este documento proporciona una herramienta inicial para informar mejor a los negociadores sobre asuntos relacionados con la pesca, solo una mayor participación de los expertos en pesca dentro del proceso BBNJ puede conducir a un Tratado de Alta Mar verdaderamente integral, basado en evidencia y transformador que no socave los poderes y mandato de las herramientas de gestión existentes.
Javier Garat, presidente de Europêche, declaró: “No se han identificado vacíos regulatorios para la pesca. La gestión pesquera es una disciplina viva en mejora continua, donde la conservación y el uso sostenible son su centro. Podrían existir vacíos de implementación cuya atención y solución pueden ser abordadas en su totalidad gracias a la regulación efectiva de las actividades pesqueras en alta mar.” Concluyó: “Somos la actividad más regulada en alta mar. El proceso BBNJ debe convertirse en el hito esperado para llenar los vacíos en otras áreas del uso de los océanos, sin afectar la sólida evolución de las herramientas de gestión pesquera y su efectividad”.
Por lo tanto, Europêche pide:
- Una mayor participación de los expertos en pesca , así como una mejor consulta entre las delegaciones de BBNJ y los representantes nacionales de las agencias y ministerios de pesca en el contexto del proceso de negociación de BBNJ y los procedimientos futuros.
- La exclusión de las pesquerías del Acuerdo BBNJ , ya que las actividades pesqueras en alta mar seguirán siendo gestionadas a nivel regional en relación con las especies de interés común para las Partes contratantes de un determinado instrumento legal, marco u organismo relevante.
- Un Acuerdo BBNJ que coopere efectivamente con las OROP de una manera que no socave su alcance, mandato y competencias . En consecuencia, se aplicará lo siguiente:
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- Las AMP identificadas y designadas en el contexto del Acuerdo BBNJ que se superponen con la cobertura de una OROP no regularán las actividades pesqueras.
- No se requerirán evaluaciones de impacto ambiental para los buques que entren en el ámbito de las medidas de gestión de las OROP.
- Siempre se consultará a las OROP y sus miembros cuando cualquier organismo de la BBNJ pretenda adoptar cualquier acción en el área de competencia de dicha OROP.
- Una vez creada una OROP y ésta haya adoptado las medidas de gestión correspondientes para la gestión de determinada área en alta mar, cualquier regulación adoptada bajo BBNJ dejará de estar en vigor.
Citas
[1] Véanse los artículos 118 y 119 que establecen que las organizaciones pesqueras subregionales o regionales (ORP) serán competentes para gestionar las pesquerías en alta mar y tendrán la tarea de mantener o restaurar los recursos capturados para producir su nivel de rendimiento máximo sostenible (RMS). según lo califiquen los factores ambientales y económicos, teniendo en cuenta los efectos sobre las especies asociadas o dependientes de las especies aprovechadas, con miras a mantener o restaurar dichas especies por encima de los niveles en los que su reproducción puede verse gravemente dañada (enfoque ecosistémico).
[2] https://www.fao.org/publications/card/en/c/CC1345EN/
Fuente: Europêche
Por: Redacción

