
El Poder Judicial de Perú resolvió en segunda instancia que el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositrán) sí tiene facultades para regular y fiscalizar el megapuerto de Chancay. La decisión revoca el fallo inicial de enero de 2026, que había limitado la intervención estatal en la operación del terminal.
El puerto de Chancay, con una inversión superior a los 1.300 millones de dólares, es operado por Cosco Shipping Ports Chancay Perú S.A., con participación mayoritaria de la empresa china Cosco Shipping Ports y minoritaria de Volcan Compañía Minera. El proyecto es considerado estratégico para conectar Sudamérica con Asia, reduciendo tiempos de transporte hacia China a unos 20 días.
Supervisión estatal confirmada
La Segunda Sala Constitucional de Lima declaró improcedente la demanda de amparo presentada por Cosco, ratificando que Ositrán puede ejercer funciones de regulación, supervisión y fiscalización sobre infraestructura de uso público, aunque sea de titularidad privada.
Verónica Zambrano, presidenta de Ositrán, señaló: “El fallo reafirma el marco legal que sustenta nuestras competencias sobre infraestructura de uso público, independientemente de la propiedad privada del terminal”.
La Presidencia del Consejo de Ministros subrayó que el puerto debe ajustarse al ordenamiento jurídico peruano y que se utilizarán todos los recursos procesales disponibles para defender la normativa vigente. El Ministerio de Transportes y Comunicaciones recordó que otras entidades estatales, como la Autoridad Portuaria Nacional y la Sunat, también mantienen presencia en el terminal.
Respuesta de Cosco Shipping Ports
Cosco Shipping Ports Chancay Perú anunció que presentará un Recurso de Agravio Constitucional para que el Tribunal Constitucional revise el caso. Ramiro Portocarrero, abogado de la compañía, afirmó: “El fallo cambia las reglas bajo las cuales se comprometió la inversión. Buscamos que se respete la estabilidad jurídica que permitió el desarrollo del proyecto”.
La empresa sostiene que el puerto es privado de uso público, habilitado por la Autoridad Portuaria Nacional, y que la intervención estatal debe limitarse a aspectos tarifarios. Cosco aclaró que la operación no implica pérdida de control estatal ni afecta la soberanía nacional, y que no existe extraterritorialidad política ni tributaria en el terminal.
En síntesis: el fallo judicial sobre el puerto de Chancay reafirma la supervisión estatal a través de Ositrán, mientras Cosco Shipping Ports prepara un recurso ante el Tribunal Constitucional. El desenlace será clave para definir el marco regulatorio de infraestructura crítica y para la relación comercial entre Perú y China.
Por: Redacción

